Reiterancia: El retroceso del Estado de Derecho y la expansión del punitivismo Por Kevin Xavier Navarro

Ver también: Ley de reiterancia delictiva. Modificaciones en el Código Penal, Procesal Penal Federal y de la Nación

I. La reiterancia y el desguace del Estado de Derecho

La media sanción de la denominada “reiterancia” en la Cámara de Diputados representa un avance peligroso hacia el derecho penal del enemigo, un retroceso que desmantela las garantías fundamentales consagradas en la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos. Bajo la excusa de combatir una inexistente “puerta giratoria”, se están construyendo los pilares de un régimen que privilegia la privación de la libertad por sobre el principio de inocencia y la racionalidad de las penas. Es la consolidación de un populismo punitivo que ignora la evidencia empírica, transforma el derecho penal en un instrumento de control social y deteriora aún más las condiciones de encierro.

II. La prisión preventiva como regla.

La “reiterancia” habilita la prisión preventiva con un criterio difuso, arbitrario y que subvierte los principios más elementales del proceso penal. Hasta ahora, el encarcelamiento preventivo se justificaba únicamente cuando había riesgos procesales objetivos, como el peligro de fuga o el entorpecimiento de la investigación. Pero ahora se agrega la presunción de futura criminalidad como fundamento para el encierro. Es decir, basta con que una persona esté imputada en un expediente para que la apertura de una nueva causa funcione como justificativo para su encarcelamiento. La discrecionalidad judicial se amplía de manera peligrosa, y la medida se vuelve particularmente alarmante en un contexto de criminalización de la protesta social. Con la política represiva de la ministra Patricia Bullrich, no es difícil anticipar su utilización como herramienta para hostigar y neutralizar la disidencia política y los movimientos sociales.
La figura del “peligro de reiterancia” es la consolidación del derecho penal del enemigo: el castigo anticipado sobre la base de suposiciones, de prejuicios, de interpretaciones discrecionales que distorsionan los principios más elementales del debido proceso. La Constitución Nacional es clara en este punto: nadie puede ser detenido sin una sentencia firme, salvo en los casos excepcionales que prevé el Código Procesal Penal Federal. Esta reforma subvierte esa lógica y construye un sistema en el que la privación de la libertad es la regla y no la excepción.
Una reforma de este tipo puede traer consecuencias negativas en las formas en que se usa el sistema penal para la persecución y control de las personas:
Primero, el aumento del uso de la prisión preventiva de forma exponencial. Hoy, el 42% de las personas alojadas en cárceles federales no tiene condena. Además, alguien acusado por un delito menor, no violento, hoy excarcelable, puede terminar en prisión. Y, sobre todo, con un gobierno y un poder judicial proclives a criminalizar la protesta, la “reiterancia” puede usarse como argumento para dictar prisión preventiva a manifestantes, en el caso de que ya tuvieran otra causa abierta. De hecho, esta figura ya se viene usando así en la provincia de Mendoza.
Si el Congreso convalida estas reformas lo único que se va a lograr es aumentar la criminalización y la persecución de personas sospechadas de cometer un delito. Incluso, quedará en peligro el derecho a la protesta ya vulnerado con detenciones arbitrarias y acusaciones por delitos que no existieron, como ocurrió en las manifestaciones masivas en contra de las políticas del Gobierno.

III. Un aumento de penas encubierto

El nuevo texto también modifica las reglas sobre el cómputo de penas, estableciendo que cuando una persona recibe una nueva condena, esta se sumará de manera aritmética sin posibilidad de atenuación o unificación. Esto implica un aumento de penas encubierto que contradice principios básicos de la progresividad de la pena y de la individualización de la sanción penal. Se ignora la función resocializadora de la pena y se instaura una lógica de acumulación matemática que profundizará la sobrepoblación en las cárceles sin ningún beneficio real para la sociedad.
A ello se suma la reforma sobre la reincidencia, que ahora se aplicará con mayor facilidad, reforzando una tendencia inconstitucional de castigo acumulativo. No se toma en cuenta el contexto social, la falta de oportunidades ni las deficiencias del sistema post-penitenciario. Se castiga dos veces a quienes el Estado ha abandonado.

IV. Cárceles en crisis: más presos, peor seguridad

Las cifras oficiales muestran que la población penitenciaria en Argentina ha crecido de manera exponencial en los últimos 20 años, sin que ello haya tenido impacto en la reducción del delito. Las cárceles están desbordadas, y la sobrepoblación ha llegado a niveles alarmantes. En las comisarías, miles de personas son hacinadas en condiciones infrahumanas, muchas veces sin acceso a salud, educación o posibilidades de reinserción. Este proyecto de ley agrava la crisis sin ofrecer soluciones reales. No hay políticas de reinserción, no hay planes para mejorar las condiciones de detención, no hay estrategias para abordar las causas estructurales de la criminalidad. Solo hay más castigo, más encierro y más degradación.
La falta de políticas post-penitenciarias es otro factor que esta reforma ignora deliberadamente. El Estado no ofrece ninguna alternativa real de reinserción para las personas que salen de prisión, lo que contribuye a los altos índices de reincidencia. Como lo señaló el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la verdadera “puerta giratoria” no está en los tribunales, sino en la ausencia de un Estado que garantice oportunidades para quienes han cumplido su condena.

V. El camino equivocado

El endurecimiento penal nunca ha sido una solución eficaz para la inseguridad. Las estadísticas demuestran que no hay correlación entre el aumento de penas y la disminución del delito. En cambio, lo que sí se ha demostrado es que los modelos garantistas, basados en la prevención del delito, en la reinserción social y en el fortalecimiento de políticas públicas integrales, son los únicos que logran reducir la criminalidad de manera sostenible.
Pero este Gobierno no quiere resolver el problema: quiere instalar un enemigo interno, ofrecer una falsa sensación de seguridad y profundizar la estigmatización de los sectores vulnerables. La “reiterancia” no solo es inconstitucional, sino que representa un paso más en la consolidación de un sistema penal autoritario, selectivo y dirigido a perpetuar la desigualdad. El derecho penal no puede ser utilizado como una herramienta de venganza social ni como un mecanismo de disciplinamiento. Si se aprueba definitivamente esta reforma, estaremos asistiendo a la demolición del Estado de derecho y a la instauración de un régimen de excepción permanente.
La historia nos ha enseñado que la lógica del punitivismo solo conduce a sociedades más violentas, desiguales e injustas. No es casualidad que las cárceles estén llenas de pobres y que la criminalidad organizada permanezca intacta. Este proyecto de ley no es más que otro eslabón en la cadena de políticas criminales ineficaces y destructivas que, lejos de mejorar la seguridad, solo profundizarán la crisis. La solución no está en más presos, sino en menos desigualdad, más educación, más trabajo y un sistema de justicia que respete las garantías constitucionales. Pero eso no parece estar en la agenda del oficialismo.

Notas:
(1) Kevin Xavier Navarro es abogado y profesor egresado de la Universidad de Morón. Se desempeña como trabajador judicial en el Ministerio Público Fiscal de la Nación. Actualmente, cursa la Esp. en Est. Económica Arg. y cuenta con un posgr. en Acceso a los DESCA de la UNDAV. Además, es diplomado en Derecho Penal, Cs. Forenses e Investigación Criminal, Género y Violencia.