Dolor por el fallecimiento del Prof. Louk Hulsman Comunicado del Instituto Interdisciplinario para el Desarrollo de Estudios Sociales

Hulsman, de 85 años, falleció de un ataque al corazón el 28 de enero pasado en la ciudad holandesa de Dordrecht. El profesor holandés formaba parte con Thomas Mathiesen y Nils Christie de la rama de la criminología llamada abolicionistas. Su obra más difundida en Argentina fue: “Sistema penal y seguridad ciudadana: hacia una alternativa. Louk Hulsman y Jacqueline Bernat de Celis” (Barcelona: Ariel. 1984) y varias traducciones de sus conferencias (como la realizada por Alejandra Vallespir), que desde el año 1986 comenzó a dictar en sus viajes a la Argentina, ya que fueron rápidamente difundidas entre los seguidores de sus ideas.

Hulsman nació el 8 de marzo de 1923 en la ciudad de Kerkrade, Holanda. A los 21 años, durante la ocupación alemana a Holanda en 1944, fue parte de la resistencia y fue arrestado por los alemanes y enviado a un campo de concentración ubicado al sur de la ciudad de Amersfoort. Por esta experiencia personal fue que, una vez finalizada la Segunda Guerra Mundial en 1945, Hulsman comenzó a estudiar leyes en la Universidad de Leiden.

Su interés estaba dirigido especialmente al derecho penal y la criminología. Durante los estudios trabajó en el pequeño Instituto de Criminología de la Universidad, dirigido por el Prof. Van Bemmelen. Al recibirse en 1948, fue recomendado por aquél para el Ministerio de Defensa, cargo que desempeñó hasta 1954. Luego desde 1955 hasta 1964 trabajó en el Ministerio de Justicia holandés y fue representante de Holanda en el Consejo de Europa y en el Comité Europeo para los Problemas Criminales. También, desde 1965 hasta 1974 se desempeñó como Profesor de Derecho Penal y Criminología en la Universidad de Rótterdam.

Su trabajo respecto del sistema penal y las drogas puede clasificarse como precursor. En 1978 participó en la creación del primer programa de estudio europeo sobre las políticas europeas sobre alcohol y drogas, junto con otros profesores europeos, luego derivado en los programas Erasmus de la Unión Europea.  Dictó innumerable cantidad de cursos y conferencias. Con Alessandro Baratta; participó del dictado de cursos de dos años sobre Criminología Crítica, en el cual las experiencias de estos programas sobre droga fueron incorporados.

Su pensamiento fue sumamente crítico sobre el sistema penal y los procedimientos penales y lo basó en los datos concretos que brinda la realidad. Así, una de sus experiencias personales más difundidas y las conclusiones que él logró extraer de las mismas, trascendió internacionalmente y es hoy conocida en muchas universidades del mundo. Cuenta Hulsman que su casa en Holanda fue objeto de robos, dos veces en tres semanas. Fue vaciada y victima de destrozos. Un mes y medio más tarde fueron descubiertos los autores, que eran tres menores. Hulsman habló con ellos y con sus padres, y al final se hicieron amigos. Comenta que el conflicto que tuvo se resolvió con un final feliz, pues los chicos cambiaron de escuela, fueron a una más buena y el seguro pagó los daños de su casa. Dijo en aquél entonces: “No fue una situación placentera, pero la situación problemática que pasamos tuvo un final feliz. ¿Hubiera sido mejor con los tres chicos en la cárcel?”. Hulsman criticó la aplicación de penas que incluyeran la prisión, más allá de la gravedad de los delitos: “Los individuos son separados por el incidente que es objeto de condena. Se aísla al victimario de su medio, sus amigos, su familia, del sustrato material de su mundo y también se aísla a las víctimas de una manera similar, aunque estén en libertad”. En base a esta visión humanística Hulsman llega a concluir que el sistema penal es un problema en si mismo, con una creciente e innegable dañosidad social, razón por la cual entiende que es conveniente su abolición plena como sistema represivo. Las razones principales que bregan a favor de ésta abolición son tres: por un lado, causa sufrimientos innecesarios que socialmente se reparten en forma injusta; por otro, no tiene efectos positivos sobre las personas involucradas en los conflictos; y –finalmente- su contralor es difícil. Propone su reemplazo por un sistema intermedio de solución de conflictos, y de hecho impulsó, en Holanda, la aplicación de la probation y la mediación penal, es decir, la interacción entre víctimas y ofensores con la asistencia de un tercero.

Señalaba Hulsman que “[…] La criminalización … coloca a las víctimas concretas en una posición en la que pierden control sobre la situación definida como delictiva, y esto aumenta considerablemente los problemas que experimentan […] ” pero “[…] cuando inicialmente, bajo ciertas condiciones, se reacciona ante los eventos de una forma en la que se le da una respuesta más colectiva y menos fragmentaria a los eventos criminalizables, se crea para los miembros de la comunidad un enorme potencial para desarrollar acciones fructíferas, remediadoras tanto como para las víctimas como para los autores, y que en su relación les permite sobreponerse a la antítesis víctima-autor[…]”(Hulsman, Louk, “El enfoque abolicionista: políticas criminales alternativas” en AA.VV. Criminología crítica y control social Nº 1. El poder punitivo del Estado. Editorial Juris, Rosario 2000).

Corresponde decir que sus ideas, así como fueron bien recibidas por gran parte de la academia, también generaron cierto rechazo entre muchos conservadores, quienes simplificaban la crítica en un problema práctico que se convirtió en “cliché”: decir que el abolicionismo puede realizarse en Europa o en los países bálticos pero esa es una realidad muy lejana a nuestra idiosincrasia latinoamericana (para ver un verdadero contradictor de Hulsman, v. Ferrajoli, Luigi Derecho y razón, Trotta, Madrid 1995). Muy por el contrario, las ideas de Hulsman han servido como fundamento para cambios radicales en los sistemas penales latinoamericanos, y en el ámbito local, por caso, el éxito que ha tenido y tiene el procedimiento de la ley 13.433 en la provincia de Buenos Aires, demuestran todo lo contrario. Como dice el art. 2º de esa ley, su finalidad es “pacificar el conflicto, procurar la reconciliación entre las partes, posibilitar la reparación voluntaria del daño causado, evitar la revictimación, promover la autocomposición en un marco jurisdiccional y con pleno respeto de las garantías constitucionales, neutralizando a su vez, los prejuicios derivados del proceso penal” (art. 2º), redacción que – sin duda – marca el éxito de la paciente labor de Hulsman, y demuestra que es posible la estrategia del llamado “abolicionismo académico”, es decir, cambiar el lenguaje de la Universidad, que es donde se ‘fabrican’ las palabras que luego fundamentan la creación de instituciones como la justicia penal y la cárcel.

Los integrantes del Instituto Interdisciplinario para el Desarrollo de Estudios Sociales (I.N.I.D.E.S.), organización no gubernamental con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que lo hemos conocido personalmente, vamos a extrañar lo ameno de sus conferencias, su predisposición para contestar nuestras preguntas, las múltiples charlas informales en inglés que, café mediante, hemos mantenido, etc. Para todos nosotros, su ida nos deja un gran vacío, pero esa sensación de malestar merma cuando a pesar del recrudecimiento punitivo al que asistimos hoy en día como única respuesta a la conflictividad social, sus ideas se ven materializadas cada vez con más fuerza, a punto tal de generar efectos claros y palpables como parte del proceso de concientización cuyas banderas, en clave de lucha y militancia, nos legara con tanto entusiasmo.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, febrero de 2009.-